Auto Supremo AS/0557/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0557/2015-L

Fecha: 15-Jul-2015

En cuanto al inciso b) donde la recurrente acusa que la objeción de los hechos

En cuanto al inciso b) donde la recurrente acusa que la objeción de los hechos a probar la Juez de primera instancia habría señalado que no existe error al dictar el Auto de 14 de septiembre de 2008, señalando que en ningún momento habría acusado error, sino que dicho Auto habría sido objetado porque no tutelaba la comprobación de uno de los efectos jurídicos de la acción de divorcio, la partición de bienes; al respecto se debe precisar que este no es un aspecto que puede ser considerado en el recurso de casación, por ser una cuestión propia del recurso de apelación en el efecto devolutivo que no es recurrible en casación, al margen se debe tener presente que dicho aspecto fue salvado por la Resolución de primera instancia para ejecución de Sentencia