De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
El recurrente denuncia, que la anulación de la Sentencia con el argumento de que se habría vulnerado los principios procesales de continuidad e inmediatez, es injusta, hueca, sin sentido, irracional y contrario al principio fundamental de justicia pronta y oportuna, señalando que el principio de la nulidad por la nulidad fue superada hace varios años, indica que con la anulación del juicio no se restablecería de ninguna manera el principio de justicia pronta y oportuna que tiene como fin garantizar el principio de continuidad, continua señalando que el principio procesal de inmediación tiene como norte el garantizar que el juzgador conozca y se impregne en sus sentidos con la prueba producida en juicio, señalando que en caso de reponerse el juicio lamentablemente los testigos habrían perdido la inmediación de los hechos, ya que el juzgador escuchará recuerdos vagos o memorizaciones de libretos que desnaturalicen la racionalidad del testimonio; cita como precedente contradictorio los Autos Supremos 41 de 3 febrero de 2010 y 103 de 31 de enero de 2007
- Por memorial presentado el 23 de octubre de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular formuló recurso de apelación restringida (fs
- c) El 18 de octubre de 2010 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Respecto al cumplimiento de los demás requisitos, se tiene que el recurrente denuncia, que el
- Sin embargo de ello, el recurrente alega que la resolución ahora recurrida de casación, profundiza
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
