Auto Supremo AS/0407/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisión, el recurrente acusó que el


En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisión, el recurrente acusó que el Tribunal de apelación, no consideró los aspectos referidos a la observación del principio de continuidad, por las ocasiones y lapsos de tiempo prolongados de suspensión del proceso, que repercutieron en la valoración de la prueba. Al respecto, la observación reclamada dirigida a la sustanciación del proceso en la fase del juicio oral, en cuyo transcurso no se hubiere observado la previsión del art. 335 del CPP, no toma en cuenta que el recurso de casación, constituye el medio recursivo para impugnar Autos de Vista que emanen de las Cortes Superiores de Justicia (hoy Tribunales Departamentales de Justicia), en sus Salas Penales, como emergencia de la resolución de recursos de apelación restringida, cuyo mandato no ha sido observado, porque no se advierte que el recurrente haya dirigido sus alegaciones al Auto de Vista que impugna, limitándose a señalar que el Tribunal de apelación no consideró la observación del principio de continuidad, cuando este motivo ni siquiera fue argüido en el recurso de apelación restringida, menos podía aducir su consideración en el Auto de Vista recurrido