Auto Supremo AS/0422/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0422/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 22/2010 de 1 de febrero (fs. 244 a 250 vta.), el Juez Primero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, declaró a Omar Julio Morales Medrano, autor de la comisión de los delitos de Difamación e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282 y 287 del CP, imponiéndole la pena de prestación de trabajo de diez meses y multa de ochenta días a razón de Bs. 20.- por día, más pago de costas, daños y perjuicios a calificarse en ejecución de sentencia y, absuelto por el delito de Calumnia, previsto y sancionado por el art. 283 del CP, siendo absuelto Virgilio Sánchez Oporto, por los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, sin costas