En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito
V. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito relativo al plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 8 de noviembre de 2010 (fs. 143), presentando su recurso de casación el 12 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo de cinco días previstos por el art. 417 del CPP
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el acusador particular formuló recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Finalmente, denuncia actitudes de los Jueces de instancia, que a criterio suyo resultan ser sospechosas
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito
- Al respecto, de la revisión del recurso de casación, se advierte como único motivo reclamado
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
