Auto Supremo AS/0428/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0428/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 09/2010 de 12 de febrero (fs. 571 a 521), el Juez Cuarto de Sentencia de La Paz, declaró a Lourdes Fabiana Robles Chipana, autora de la comisión de los delitos de Organización Criminal, Secuestro y Asesinato en grado de Complicidad, previstos y sancionados por los arts. 132 bis., 334 y 252 incs. 2), 3), y 6) con relación al art. 23 del CP, imponiéndole a la pena de veinte años de presidio, con costas y daños civiles a favor de la acusadora particular, siendo absuelta del delito de Robo Agravado previsto por el 332 del CP.

b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada, formuló recurso de apelación restringida (fs. 640 a 652 vta.), resuelto por Auto de Vista 91/2010 de 18 de noviembre emitido por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró admisible e improcedente el citado recurso y confirmó la Sentencia apelada