Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2010, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 432/2015-RA-L
Sucre, 04 de agosto de 2015
Expediente: Cochabamba 12/2011
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Héctor Soliz Orellana y Justina López Fuentes
Delitos : Estafa y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2010, cursante de fs. 283 a 284, Héctor Orellana y Justina López Fuentes, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 23 de junio de 2010, de fs. 271 a 277 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Casiano Mariscal Ramos contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Estafa, Estelionato, Falsedad Material e Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 335, 337, 198, 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 432/2015-RA-L
Sucre, 04 de agosto de 2015
Expediente: Cochabamba 12/2011
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Héctor Soliz Orellana y Justina López Fuentes
Delitos : Estafa y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2010, cursante de fs. 283 a 284, Héctor Orellana y Justina López Fuentes, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 23 de junio de 2010, de fs. 271 a 277 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Casiano Mariscal Ramos contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Estafa, Estelionato, Falsedad Material e Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 335, 337, 198, 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2010, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 19/08 de 30 de
- b) Contra la mencionada Sentencia, la parte acusadora Casiano Mariscal Ramos y Gregoria Espinoza Galarza
- c) Notificados los recurrentes con el Auto de Vista impugnado el 16 de diciembre de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Alega que el Tribunal de mérito vulneró los arts
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que los recurrentes, quienes fueron notificados con la
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, los recurrentes en el primer
- En el segundo motivo de casación, los recurrentes a tiempo de denunciar la supuesta vulneración
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
