Por memorial presentado el 23 de diciembre de 2010, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 445/2015-RA-L
Sucre, 04 de agosto de 2015
Expediente : Santa Cruz 8/2011
Parte acusadora : Rosa Luz Ribera Moscoso
Parte imputada : Teresita Paz Saucedo y otros
Delitos : Falsedad Ideológica y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 23 de diciembre de 2010, cursante de fs. 2230 a 2231 vta., Rosa Luz Ribera Moscoso, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 175 de 10 de noviembre de 2010, de fs. 2217 a 2220, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Teresita Paz Saucedo, Fernando Morales Virreyna, Ilssen Fátima Delgadillo Velasco, Carlos Favio Virhuez Rodríguez, Justo Hurtado Bejarano, Francisco Dorado y Bernardo Yupanqui Mamani, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Ideológica, Falso Testimonio, Uso de Instrumento Falsificado y Complicidad, previstos y sancionados por los arts. 199, 169 y 203 con relación al 23 del Código Penal (CP) respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 445/2015-RA-L
Sucre, 04 de agosto de 2015
Expediente : Santa Cruz 8/2011
Parte acusadora : Rosa Luz Ribera Moscoso
Parte imputada : Teresita Paz Saucedo y otros
Delitos : Falsedad Ideológica y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 23 de diciembre de 2010, cursante de fs. 2230 a 2231 vta., Rosa Luz Ribera Moscoso, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 175 de 10 de noviembre de 2010, de fs. 2217 a 2220, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Teresita Paz Saucedo, Fernando Morales Virreyna, Ilssen Fátima Delgadillo Velasco, Carlos Favio Virhuez Rodríguez, Justo Hurtado Bejarano, Francisco Dorado y Bernardo Yupanqui Mamani, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Ideológica, Falso Testimonio, Uso de Instrumento Falsificado y Complicidad, previstos y sancionados por los arts. 199, 169 y 203 con relación al 23 del Código Penal (CP) respectivamente
- Por memorial presentado el 23 de diciembre de 2010, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular, formulo recurso de apelación restringida (fs
- c) El 17 de diciembre de 2010 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
