Al respecto se tiene que el agravio denunciado cumple con los requisitos previstos en los
En cuanto al único motivo, en el que se denuncia la vulneración del art. 124 del CPP), por parte del Tribunal de alzada en la emisión del Auto de Vista recurrido invocando al efecto las Sentencias Constitucionales 123/2001-R, 798/2007-R, 752/2002-R, 1369/2001 y 0577/2004-R todas relacionadas a la debida fundamentación en la emisión de resolución judiciales; asimismo, los autos Supremos 472 de 8 de diciembre de 2005 referido a la falta de fundamentación, 122 de 24 de abril de 2006, en el que se señala la obligación que se tiene de cumplir la normativa procesal penal, 705 de 24 de noviembre de 2004, en lo esencial expresa que, no se puede dejar sin resolver ni un recurso planteado y 417 de 19 de agosto de 2003, referido a que el Auto de Vista debe indefectiblemente circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior.
Al respecto se tiene que el agravio denunciado cumple con los requisitos previstos en los arts. 416 y 417 del CPP, tanto en el plazo de presentación como se señaló supra, como también en la invocación de los precedentes contradictorios y la correspondiente precisión de las presuntas contradicciones del Auto de Vista (falta de fundamentación) que se pretende se revea y la jurisprudencia existente en este Tribunal, constituyendo presupuestos de carácter formal para su admisión, con la finalidad de determinar lo que fuese en derecho, cuando sea analizado el fondo del recurso, por tal circunstancia corresponde su admisión de conformidad a lo establecido en el art. 418 del CPP
- Por memorial presentado el 2 de febrero de 2011, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada, Trifonia Gladys Zeballos Gómez, interpuso recurso de apelación
- c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 27 de enero de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Al respecto se tiene que el agravio denunciado cumple con los requisitos previstos en los
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
