Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Boris Cristhian Gutiérrez Lozano de fs. 452 a 454 vta.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 03 de marzo de 2011, cursante de fs
- c) Notificado el imputado Boris Cristian Gutiérrez Lozano, con el mencionado Auto de Vista el
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente fue notificado con el Auto
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente a tiempo de alegar que
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
