Auto Supremo AS/0500/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0500/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Juan de la Cruz Llave Nina y Héctor


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 24/2010 de 28 de septiembre (fs. 64 a 79), el Tribunal Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, declaró a Juan de la Cruz Llave Nina y Héctor Llave Nina, autores de la comisión del delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del CP, imponiéndoles la pena dos años y seis mes de reclusión al primero, y tres años de reclusión al segundo, ambos a cumplir en el Centro Penitenciario de San Pedro de esta ciudad, con costas y el pago de responsabilidad civil a favor del Estado y la acusación particular. Respecto del delito de Destrucción o Deterioro de Bienes del Estado y la Riqueza Nacional, (Imputado por la Acusación Particular), tipificado por el art. 223 del CP, se emitió Sentencia absolutoria a favor de los acusados.

b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Juan de la Cruz Llave Nina y Héctor Llave Nina, interpusieron recurso de apelación restringida (fs. 82 a 91 vta.), resuelto por Auto de Vista 03/2011 de 13 de enero (fs. 119 a 121 vta.), que declaró improcedente la apelación planteada, confirmando la Sentencia apelada