Auto Supremo AS/0502/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0502/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

Con relación al primer motivo, denuncia que se adhirió a la apelación restringida que presentó


Con relación al primer motivo, denuncia que se adhirió a la apelación restringida que presentó la imputada, en lo referente a la errónea aplicación de la ley sustantiva con relación a los arts. 37, 38 y 40 del CP; por cuanto, se la condenó a la pena de cuatro años; sin embargo, debió sancionársela con la pena de seis años al existir concurso real; no obstante, el Tribunal de alzada mantuvo subsistente la Sentencia y modificó reduciendo la pena a tres años de privación de libertad, concluyendo que el Tribunal de alzada omitió pronunciarse sobre la adhesión presentada; invoca como precedente el Auto Supremo 518 de 17 de noviembre de 2006, que estaría referido a que el Tribunal de alzada tiene la obligación de pronunciarse sobre todos los puntos apelados, en consecuencia, estando cumplidos los requisitos establecidos en los arts. 416 y 417 del CPP, corresponde ingresar al análisis de fondo