De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)En mérito a la acusación particular presentada por Wanda Miriam López Corrales (fs. 2 a 3), desarrollada la audiencia de juicio oral, la Juez Tercero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito judicial de Cochabamba, pronunció la Sentencia de 11 de octubre de 2010 (fs. 124 a 126 vta.), por la que declaró a la imputada Claudia Alejandra Balderrama Bustos, absuelta de culpa y pena por el delito de Hurto previsto y sancionado por el art. 326 del CP, con costas a la querellante
- Por memorial presentado el 25 de febrero de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la acusadora particular Wanda Miriam López Corrales, con el referido Auto de Vista
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, se constata que la
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
