Con relación a los demás requisitos, las recurrentes esencialmente denuncia que el Tribunal de alzada
Con relación a los demás requisitos, las recurrentes esencialmente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en errónea evaluación del recurso de apelación restringida donde denunciaba contradicción entre la demanda, el juicio y la Sentencia, así como el estado de indefensión en que se encontraban durante el juicio; sin embargo, en desconocimiento de los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP, explicados ampliamente en el acápite anterior, que han sido establecidos por el legislador teniendo en cuenta la naturaleza y finalidad del recurso de casación en el ordenamiento jurídico vigente, no invoca precedente alguno y en consecuencia no existe explicación alguna, respecto a cuál la situación de hecho similar y principalmente en qué consistiría la contradicción en relación a lo determinado en el Auto de Vista impugnado, para que este Tribunal, en caso de ser evidente la denuncia efectuada, proceda a enmendar posibles errores y omisiones cometidas por el Tribunal de apelación; teniendo en cuenta que estos requisitos resultan ineludibles para disponer la admisibilidad del recurso, al constituirse en una obligación que tiene trascendental importancia, pues de su observancia, partirá el análisis de contradicción a efectuarse en una resolución de fondo
- Por memorial presentado el 15 de mayo de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 8 y 11 de mayo de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 8 y 11 de mayo de
- Con relación a los demás requisitos, las recurrentes esencialmente denuncia que el Tribunal de alzada
- Consiguientemente, ante el incumplimiento con los requisitos exigidos en los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
