La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación cursante de fs. 237 a 238, interpuesto por Angélica García Andrade y María Teresa Escalera Álvarez
- Por memorial presentado el 15 de mayo de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 8 y 11 de mayo de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 8 y 11 de mayo de
- Con relación a los demás requisitos, las recurrentes esencialmente denuncia que el Tribunal de alzada
- Consiguientemente, ante el incumplimiento con los requisitos exigidos en los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
