Por memorial presentado el 5 de abril de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 560/2015-RA-L
Sucre, 16 de septiembre de 2015
Expediente: La Paz 68/2011
Parte Acusadora: Silvia Norah Justo Quispe
Parte Imputada: Edulia Mesa Aliaga
Delitos : Difamación y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 5 de abril de 2015, cursante de fs. 121 a 122 vta., Edulia Mesa Aliaga, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 37/2011 de 17 de febrero, de fs. 101 a 104, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Silvia Norah Justo Quispe en contra de la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injurias, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 560/2015-RA-L
Sucre, 16 de septiembre de 2015
Expediente: La Paz 68/2011
Parte Acusadora: Silvia Norah Justo Quispe
Parte Imputada: Edulia Mesa Aliaga
Delitos : Difamación y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 5 de abril de 2015, cursante de fs. 121 a 122 vta., Edulia Mesa Aliaga, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 37/2011 de 17 de febrero, de fs. 101 a 104, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Silvia Norah Justo Quispe en contra de la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injurias, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 5 de abril de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes se tiene que la recurrente cumplió con el primer requisito
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
