a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 33/2009 de 14 de
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 33/2009 de 14 de diciembre (fs. 1943 a 1951), el Juez Quinto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Juana Herrera Vargas, autora de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, condenándola a la pena de cinco años de privación de libertad a cumplir en la cárcel pública de Miraflores, más multa de doscientos días a razón de Bs. 10.- (diez bolivianos) por día y a la reparación de daños, perjuicios y costas; asimismo, respecto de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, se emitió Sentencia absolutoria a su favor. Respecto del imputado Eduardo Fernández Castillo, le declaró autor de la comisión de los delitos de Estafa, Estelionato, Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 335, 337, 198, 199 y 203 del CP, condenándolo a la pena de siete años y seis meses de privación de libertad a cumplir en la cárcel pública de San Pedro, más multa de doscientos días a razón de Bs. 10.- por día, así como la reparación de daños, perjuicio y costas
- Por memorial presentado el 26 de abril de 2011, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 33/2009 de 14 de
- b) Contra la citada Sentencia, la representante del acusador particular, Carla Violeta Arce Aliaga (fs
- c) Notificados los recurrentes con el Auto de Vista recurrido, el 21 de abril de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al único motivo, en el que los recurrentes denuncian la vulneración a los
- Del análisis y consideración del recurso en cuanto al motivo demandado, se tiene el cumplimiento
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
