Por memorial presentado el 26 de abril de 2011, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 563/2015-RA-L
Sucre, 16 de septiembre de 2015
Expediente : La Paz 72/2011
Parte Acusadora : Efraín Campero Mercado
Parte Imputada : Eduardo Fernández Castillo y otros
Delitos : Estafa y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 26 de abril de 2011, cursante de fs. 2271 a 2276 vta., Eduardo Fernández Castillo y Juana Herrera Vargas, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 713/2010 de 1 de diciembre, de fs. 2096 a 2099, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Edwin Augusto Campero Tarifa en representación de Efraín Campero Mercado contra Nicolás Nicanor Vila Gonzales (acción penal extinguida a su favor) y los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica, Uso de Instrumento Falsificado, Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 198, 199, 203, 335 y 337 del Código Penal (CP) respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 563/2015-RA-L
Sucre, 16 de septiembre de 2015
Expediente : La Paz 72/2011
Parte Acusadora : Efraín Campero Mercado
Parte Imputada : Eduardo Fernández Castillo y otros
Delitos : Estafa y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 26 de abril de 2011, cursante de fs. 2271 a 2276 vta., Eduardo Fernández Castillo y Juana Herrera Vargas, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 713/2010 de 1 de diciembre, de fs. 2096 a 2099, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Edwin Augusto Campero Tarifa en representación de Efraín Campero Mercado contra Nicolás Nicanor Vila Gonzales (acción penal extinguida a su favor) y los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica, Uso de Instrumento Falsificado, Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 198, 199, 203, 335 y 337 del Código Penal (CP) respectivamente
- Por memorial presentado el 26 de abril de 2011, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 33/2009 de 14 de
- b) Contra la citada Sentencia, la representante del acusador particular, Carla Violeta Arce Aliaga (fs
- c) Notificados los recurrentes con el Auto de Vista recurrido, el 21 de abril de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al único motivo, en el que los recurrentes denuncian la vulneración a los
- Del análisis y consideración del recurso en cuanto al motivo demandado, se tiene el cumplimiento
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
