Auto Supremo AS/0571/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0571/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

De la revisión de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


c) El 25 de mayo de 2011 (fs. 361), fue notificado el recurrente con el Auto de Vista referido y el 31 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación.

II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

El recurrente, denuncia que en Sentencia fue objeto de condena de prestación de trabajo por el lapso de diez semanas en un establecimiento público o asociación de interés general, que por vía de complementación y enmienda, solicitó pronunciamiento sobre la concesión del perdón judicial amparado en el art. 28 del CP, porque la pena de prestación de trabajo solo se cumple con consentimiento del condenado y en caso de negativa, se cambia la pena a privativa de libertad, reiterando dichos argumentos en recuso de apelación restringida, la omisión del art. 28 del CP y cita del art. 6 numeral 1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, siendo que no es posible constreñir el cumplimiento de la pena de prestación de trabajo, impidiendo la efectivización del beneficio del perdón judicial, a lo que el Tribunal de alzada reafirma el hecho de que la pena impuesta no es privativa de libertad y que no podría beneficiarse con el perdón judicial declarando la improcedencia del recurso