Auto Supremo AS/0584/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0584/2015-RA

Fecha: 10-Sep-2015

2) Aduce, que ante el rechazo del incidente de la excepción por falta de


2) Aduce, que ante el rechazo del incidente de la excepción por falta de acción, el Juez que conoció la causa señaló reserva de recurso; sin embargo, indica que el Tribunal de apelación no se habría pronunciado sobre ese aspecto, dejando un vació jurídico en la apelación incidental, siendo obligación del ad quem “resolver las expresiones de agravio, apelaciones incidentales, así sea con reserva de usufructo” (sic), por lo que a decir del recurrente el Tribunal de alzada no habría dado cumplimiento a lo establecido en el art. 413 del CPP; invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 230/2014-RRC de 9 de junio, 657/2007 de 15 de diciembre