De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación fiscal (fs. 15 a 17) y particular presentada por Anastasia Mamani Calle y Marina Laura Pana (fs. 26 a 28), una vez concluida la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Segundo de Sentencia en lo Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 03/2011 de 17 de febrero (fs. 369 a 378), por la que declaró a los imputados Nicanor Valdivia Calle y Rodrigo Demetrio Salmón del Rio, autores de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 con relación al art. 346, ambos del CP, imponiéndoles la pena de cinco años de reclusión a cada uno, a cumplir en el Penal de “San Pedro” de la ciudad de La Paz, así como la multa de doscientos días a razón de Bs. 3.- (tres bolivianos), más daños civiles y costas al Estado a calificarse en ejecución de Sentencia.
b) Contra la referida Sentencia, el imputado Rodrigo Demetrio Salmón del Rio interpuso recurso de apelación restringida (fs. 421 “A” a 426 vta.), resuelto por Auto de Vista 186/2011 de 23 de septiembre (fs. 462 a 467), emitido por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró improcedentes los fundamentos del citado recurso y confirmó la Sentencia.
c) Notificado el recurrente Rodrigo Salmón del Rio con el mencionado Auto de Vista el 26 de octubre de 2011 (fs. 476), interpuso recurso de casación el 1 de noviembre del mismo año, el cual es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 1 de noviembre de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se evidencia que el recurrente cumple con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
