Por memorial presentado el 1 de noviembre de 2011, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 596/2015-RA-L
Sucre, 17 de septiembre de 2015
Expediente: La Paz 148/2011
Parte Acusadora: Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Rodrigo Demetrio Salmón del Rio y otro
Delito : Estafa
RESULTANDO
Por memorial presentado el 1 de noviembre de 2011, cursante de fs. 486 a 487 vta., Rodrigo Demetrio Salmón del Rio, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 186/2011 de 23 de septiembre, de fs. 462 a 467, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público Anastasia Mamani Calle y Marina Laura Pana contra el recurrente y Nicanor Valdivia Calle, por la presunta comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 596/2015-RA-L
Sucre, 17 de septiembre de 2015
Expediente: La Paz 148/2011
Parte Acusadora: Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Rodrigo Demetrio Salmón del Rio y otro
Delito : Estafa
RESULTANDO
Por memorial presentado el 1 de noviembre de 2011, cursante de fs. 486 a 487 vta., Rodrigo Demetrio Salmón del Rio, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 186/2011 de 23 de septiembre, de fs. 462 a 467, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público Anastasia Mamani Calle y Marina Laura Pana contra el recurrente y Nicanor Valdivia Calle, por la presunta comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 1 de noviembre de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se evidencia que el recurrente cumple con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
