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    Auto Supremo AS/0597/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0597/2015-RA

    Fecha: 11-Sep-2015

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    • Por memorial presentado el 3 de agosto de 2015, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Dennis Rodrigo Ajata Chavarría, formuló apelación
    • c) El 27 de julio de 2015 (fs
    • De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Expresó que en sujeción a los arts
    • Asimismo, acusó la errónea aplicación de la segunda parte del art
    • 2) En el acápite subtitulado: “LA FUNDAMENTACIÓN DE LA SENTENCIA ES INSUFICIENTE Y CONTRADICTORIA”
    • Denuncia que no se valoró la prueba testifical y documental de descargo en función al
    • Finalmente realizó la transcripción en parte de “DOCTRINA LEGAL APLICABLE” (sic), sin indicar número y
    • Añade haberse omitido fundamentar respecto del valor otorgado a la prueba codificada como ID-3, con
    • El art
    • 42 de LOJ, que establece entre otras atribuciones de las Salas especializadas de éste Tribunal,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
    • En el caso de autos, se establece que el 27 de julio de 2015, el
    • En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente en el primer motivo, refirió
    • Asimismo, ante la alusión de situaciones de presunta vulneración de derechos o garantías fundamentales a
    • Respecto al segundo motivo, aludió que la Sentencia carece de suficiente fundamentación, por no haber
    • Por otro lado, se alude la vulneración al debido proceso susceptible de provocar defecto absoluto
    • De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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