Auto Supremo AS/0597/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0597/2015-RA

Fecha: 11-Sep-2015

En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente en el primer motivo, refirió


En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente en el primer motivo, refirió que la Sentencia no fundamentó en qué calidad participó del hecho como autor o instigador, debido a que fue agredido por la víctima, aspecto que no fue tomado en cuenta, ignorando la prueba documental de descargo, que presenta contradicciones sobre todo en la prueba testifical, habiéndose absuelto al co-acusado, cuando ambos fueron acusados por su participación en el hecho. El planteamiento realizado por el recurrente, constituye una transcripción literal de los argumentos referidos en el recurso de apelación restringida, siendo así que inclusive reproduce la parte “…en estricta sujeción a la previsión legal contenida en la segunda parte del art. 407 del Código de Procedimiento Penal, con relación al Art. 408 del mismo compilado adjetivo penal, interpongo recurso de apelación restringida contra la SENTENCIA…” (sic); por ende, sus argumentos están dirigidos a cuestionar aspectos emergentes de la Sentencia relacionados en forma confusa e incoherente, sin proporcionar los elementos y fundamentos necesarios que expliquen los pormenores del agravio sufrido. Igualmente, omitió la obligación inexcusable de realizar la invocación de precedente contradictorio en la que explique la situación contradictoria entre la Resolución que se impugna y el precedente que se invoca, carga procesal fundamental que le correspondía realizar para plasmar la labor de contraste en la labor unificadora de jurisprudencia, que impide apertura la competencia de este Tribunal, determinando la inadmisión del motivo analizado