Auto Supremo AS/0597/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0597/2015

Fecha: 08-Sep-2015

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 597
Sucre, 08 de septiembre de 2015

Expediente: 149/2015-S
Demandante: Gimena Mamani Espinoza
Demandada: Luzmila Condarco Beltrán
Distrito: Oruro
Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 453 a 454, interpuesto por Luzmila Condarco Beltrán, contra el Auto de Vista Nº 68/2015 de 13 de abril de (fs. 448 a 451) pronunciado por la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales seguido por Gimena Mamani Espinoza, contra la recurrente; el Auto 55/2015 de 5 de mayo que concedió el recurso (fs.45); los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Antecedentes del Proceso
I.1.1 Sentencia
Tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Oruro, emitió Sentencia No 102/2014 de 9 de octubre, de fs. 424 a 431, por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 8 y vta., aclarada a fs. 12 y vta., en lo que corresponde al pago de indemnización, desahucio, vacaciones, aguinaldo 2013, segundo aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” y la multa por incumplimiento en su pago, sueldo devengado de diciembre de 2013; e, improbada en lo relativo a los montos solicitados, pago de feriados, domingos y horas extras, debiendo en ejecución de Sentencia aplicarse lo preceptuado por el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, sin costas. Disponiendo que la propietaria del Sauna Rey David cancele a la demandante la suma de Bs.12708,66.-, tal cual es visto en el citado Fallo