Auto Supremo AS/0634/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0634/2015-RA-L

Fecha: 18-Sep-2015

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
Refieren que el Tribunal de alzada al dictar el Auto de Vista impugnado no tomó en cuenta la prueba testifical y documental en su conjunto, haciendo una descripción de las declaraciones de los testigos Gerson Caero Barrientos, Neyssa Mercado Cabrera, María Elena Cartagena, Paola Andrea Antezana, Marlen Antezana Romero y María del Carmen Escobar Castellón, que al resultar contradictorias con la querella y la acusación particular demuestran que el referido Tribunal hubiese incurrido en los defectos absolutos previstos en el art. 370 incs. 6) y 11) del Código de Procedimiento Penal (CPP), arguyen que dichas declaraciones según el acta de juicio son diferentes en su contenido a lo señalado por el Juez en la Sentencia y refieren que el Tribunal de alzada asumió que la participación de ambos en los hechos fue de la misma manera, cuando el delito no fue probado en absoluto, concluyendo que la Sentencia falseó la verdad de los hechos descritos en el juicio oral a favor de la querellante, trastocando la ley y aplicando erróneamente normas sustantivas como adjetivas de la materia