b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular German Mamani Mamani formuló recurso de apelación
b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular German Mamani Mamani formuló recurso de apelación restringida (fs. 72 a 73), resuelto por Auto de Vista de 19 de abril de 2011 (fs. 89 a 92), pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso interpuesto, con costas; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 12 de agosto de 2011, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular German Mamani Mamani formuló recurso de apelación
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista, el 8 de agosto de
- Del memorial de fs. 99 a 101 vta., se extrae el siguiente motivo
- Agrega, que al interponer su recurso de apelación acusó el hecho de que la Sentencia
- Sobre este reclamo invoca las Sentencias Constitucionales 70/2010-R de 3 de mayo, 0119/2003-R de 28
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- En primer término, cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada ha establecido
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- De la revisión de antecedentes, se tiene, que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Ahora bien, con relación al único motivo, en el que denuncia que el Tribunal de
- No obstante de lo anterior, este Tribunal advierte que el recurrente identificó el hecho concreto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
