Auto Supremo AS/0649/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0649/2015-RA-L

Fecha: 18-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia de 15 de septiembre de 2009 (fs. 216 a 219 vta.), el Juez Primero de Partido Mixto y de Sentencia de Sacaba provincia Chapare del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró a Norma Corrales Zurita y Raúl Corrales Zurita, absueltos de culpa y pena de la presunta comisión del delito de Daño Simple, tipificado por el art. 357 del CP, con costas.

b) Contra la mencionada Sentencia, José Antonio Álvarez Ledezma y Eufronia Guamán Montaño, interpusieron recursos de apelación restringida (fs. 223 a 230 y fs. 239 a 247 vta.); resueltos por Auto de Vista 14 de 12 de septiembre de 2011 (fs. 273 a 276), emitido por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que declaró procedentes los citados recursos y anuló totalmente la Sentencia apelada, ordenando la reposición del juicio por otro Juez de Sentencia