Auto Supremo AS/0667/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0667/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

En cuanto al motivo denunciado, referido a que el Juez de la causa dictó Sentencia


En cuanto al motivo denunciado, referido a que el Juez de la causa dictó Sentencia condenatoria en base a la prueba codificada como P.Q.1 relativa al detalle contable de conciliación de montos apropiados, de 3 de febrero de 2010, el que arroja un monto de $us. 32.424,82.- (treinta y dos mil cuatrocientos veinticuatro 82/100 dólares estadounidenses); contra la cual, la parte acusada, planteó incidente de exclusión probatoria por considerar que fue obtenida de manera unilateral; de un lado, porque no cuenta con su firma al no haber sido suscrita por su parte; y de otro, por cuanto, se la recabó sin intervención del Juez a cargo del proceso, en franca vulneración de lo prescrito por los arts. 307 y 375 del CPP; sin embargo, dicha autoridad jurisdiccional, le respondió simplemente que el Auto Supremo que adjuntó oportunamente para justificar la exclusión solicitada, no le alcanza; lo que denuncia de lesivo de lo prescrito por los arts. 124 y 173 del CPP, al haberse emitido una Sentencia con el defecto comprendido en el art. 370 inc. 6) del CPP, es decir, en base a hechos inexistentes y no acreditados; lo que a criterio de la imputada, constituye defecto absoluto de conformidad al mandato contenido en el art. 169 incs. 1), 2) y 3) del CPP