Auto Supremo AS/0685/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0685/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 038/2009 de 15 de octubre (fs. 325 a 329), el Tribunal Segundo de Sentencia de Yacuiba del Distrito Judicial de Tarija, declaró a Marcelino Tapia Ortega, Abel Yamil Torrejón Vilca y Juan Ronald Orosco Ramallo absueltos de la comisión de los delitos de Negociaciones Incompatibles con el Ejercicio de Funciones Públicas, Concusión, Resoluciones Contrarias a la Constitución y las Leyes, Contratos Lesivos al Estado y Conducta Antieconómica previstos y sancionados por los arts. 150, 151, 153, 221 y 224 del CP y al último de la comisión de los delitos de Contratos Lesivos al Estado y Estelionato previstos y sancionados por los arts. 221 y 337 del CP.

b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Antonio Soruco Retamozo, en representación de la Prefectura del departamento de Tarija, formuló recurso de apelación restringida (fs. 353 a 357 vta.), resuelto por Auto de Vista 20/2011 de 28 de mayo emitido por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, que declaró con lugar el citado recurso y dispuso la sustanciación de un nuevo juicio por diferente Tribunal de igual grado y materia.

c) Notificados los recurrentes, con el referido Auto de Vista el 13 de junio de 2011 (fs. 426), interpusieron los recursos de casación el 17 y 18 del mismo mes y año