Auto Supremo AS/0687/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0687/2015

Fecha: 28-Sep-2015

En el caso presente se advierte que, el recurrente en el primer motivo cuestiona una

En el caso presente se advierte que, el recurrente en el primer motivo cuestiona una supuesta animadversión del juez de primera instancia por no haberse allanado a la recusación planteada, sin embargo dicha problemática ya fue resuelta en primera instancia conforme se advierte mediante el auto de fs. 27, ahora bien no es posible que por recurso casatorio se pretenda el análisis de una cuestión que nada tiene que ver con el objeto del proceso, lo que desnaturaliza la esencia del recurso de casación. Por su parte mediante los motivos 2), 4) y 5) del recurso se cuestiona la valoración probatoria referente a la calificación del monto indemnizable y el pago de primas; sin embargo se dedica a impugnar más la Sentencia de primer grado, además que no precisó con claridad, que Ley o Leyes se habrían violado o aplicado falsa o erróneamente y en qué norma sustantiva y/o adjetiva pretendería que su recurso proceda a efectos de solicitar la casación o la nulidad de obrados, y menos especificó en qué consistiría la violación, falsedad o error de derecho en la que definitivamente tenga que apoyar su fundamento del recurso y pretensión; lo que es aún más importante, qué se pretendería demostrar con el supuesto error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas literales; al extremo de que en su solicitud o petitorio, pide casar el Auto de Vista y la Sentencia, en consecuencia, no se precisa en su reclamo en relación a la valoración probatoria