Auto Supremo AS/0688/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0688/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

Con relación al único motivo del recurso, en el que el recurrente se limita a


Con relación al único motivo del recurso, en el que el recurrente se limita a afirmar que el Auto de alzada confirmó una Sentencia que presuntamente incurre en varios defectos, tales como basarse en hechos inexistentes y no acreditados y en valoración defectuosa de la prueba, a cuyo efecto realiza apreciaciones genéricas respecto a la declaración o atestación de algunos testigos, sin especificar de modo alguno cuáles los razonamientos específicos que el Tribunal de alzada, habría emitido en el auto de Vista recurrido, con relación a los defectos de Sentencia argüidos, falencia argumentativa que impide identificar debidamente el presunto agravio, ello sumado a la falta de explicación de la supuesta contradicción existente entre el auto de Vista impugnado y la doctrina legal que contendría el Auto Supremo citado, omitiendo el recurrente observar su obligación de observar el segundo párrafo del art. 417 del CPP, ampliamente explicado en el apartado III del presente Auto Supremo