Auto Supremo AS/0688/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0688/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivo, el siguiente


II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACION

De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivo, el siguiente:

El recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido confirma la Sentencia que incurrió en la infracción prevista en el art. 370 inc. 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP); debido a que se basó en hechos inexistentes y no acreditados, en valoración defectuosa de la prueba, porque no se lo identifica como autor del hecho acusado, otorgó credibilidad a la versión del propietario de la empresa que conoció del hecho por terceras personas; y, no corroboró que los objetos los dejó él, que los recibió Félix Castro, que fueron encontrados bajo su cama y que habría conducido la camioneta. Tampoco se corroboró que William Carrales Tarraga es el policía investigador que investigó con los incentivos de la empresa, que Félix Castro Betancur como testigo directo no se presentó a prestar su atestación; fundamentación en la que cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 380 de 7 de agosto de 2003