Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, la entidad recurrente fue
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, la entidad recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado, el 29 de noviembre de 2011 (fs. 770) y presentó el recurso de casación el 5 de diciembre del mismo año (fs. 782); es decir, dentro del plazo de los cinco días que refiere el art. 417 del CPP, correspondiendo observar los demás requisitos de admisibilidad del presente recurso
- Por memorial presentado el 5 de diciembre de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, la acusadora particular Luisa Elizabeth Luizaga Saavedra en representación de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, la entidad recurrente fue
- En ese contexto la parte recurrente extraña que los autores de los hechos acusados hayan
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
