Auto Supremo AS/0689/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0689/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


c) Notificada la Empresa YPFB Transporte S.A. con el referido Auto de Vista, el 29 de noviembre de 2011 (fs. 770), interpuso recurso de casación el 5 de diciembre del mismo año, el cual es objeto del presente análisis de admisibilidad.

II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

La recurrente, luego de efectuar un análisis de los antecedentes que dieron origen al proceso penal, respecto a la valoración de la prueba, expresa que el Auto de Vista no consideró tal como exige la doctrina legal aplicable, que la Sentencia realizó un relato impreciso de los hechos ocurridos el 17 y 18 de abril de 2007, al menospreciar la prueba de cargo ofrecida por el Ministerio Público y por las partes civiles, tomando como hecho relevante que siete de los acusados no prestaron su declaración ante el Tribunal, aspecto que no implica la posibilidad de conocer la participación de los imputados en el hecho; agrega que, es inconcebible que el Tribunal en su totalidad haya adquirido certeza de lo suscitado el 17 y 18 de abril de 2007, por la credibilidad que otorga al testigo Eudal Valdez Saracho, quien manifestó que vio los hechos por televisión y fotos y a dos de los acusados en condición de protagonistas, pero que su testimonio no sirva para adquirir certeza de su participación