Auto Supremo AS/0690/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0690/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 08/2009 de 26 de octubre de 2009 (fs. 257 a 260 vta.), el Tribunal de Sentencia de San Borja de la prov. Ballivián de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, declaró a Alcides Miguel Endara Ibañez, absuelto de culpa y pena de la presunta comisión de los delitos de Estafa, Estelionato, Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 335 con relación al 346 bis, 337, 198, 199 y 203 del CP, por no ser suficiente la prueba aportada, para generar convicción plena sobre la responsabilidad del imputado.

b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público y el acusador particular representado por Roy Rodolfo Mendia Ribera, interpusieron recursos de apelación restringida (fs. 262 a 268 vta., y fs. 278 a 287); resueltos por Auto de Vista 027/2011 de 13 de julio (fs. 337 a 338 vta.), emitido por la Sala Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, Anulando Totalmente la Sentencia apelada, y disponiendo reenvío de la causa