De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 08/2009 de 26 de octubre de 2009 (fs. 257 a 260 vta.), el Tribunal de Sentencia de San Borja de la prov. Ballivián de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, declaró a Alcides Miguel Endara Ibañez, absuelto de culpa y pena de la presunta comisión de los delitos de Estafa, Estelionato, Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 335 con relación al 346 bis, 337, 198, 199 y 203 del CP, por no ser suficiente la prueba aportada, para generar convicción plena sobre la responsabilidad del imputado.
b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público y el acusador particular representado por Roy Rodolfo Mendia Ribera, interpusieron recursos de apelación restringida (fs. 262 a 268 vta., y fs. 278 a 287); resueltos por Auto de Vista 027/2011 de 13 de julio (fs. 337 a 338 vta.), emitido por la Sala Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, Anulando Totalmente la Sentencia apelada, y disponiendo reenvío de la causa
- Por memorial presentado el 5 de agosto de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- El recurrente, haciendo remembranza del motivo de apelación restringida interpuesta por la parte acusadora, e
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes se concluye que el imputado, quien fue notificado con el
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente a tiempo de denunciar que
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
