Auto Supremo AS/0690/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0690/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente a tiempo de denunciar que


En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente a tiempo de denunciar que el Tribunal de alzada anuló la Sentencia porque consideró errónea la exclusión probatoria realizada por el A quo; invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 228 de 4 de julio de 2006, 52 de 17 de febrero de 2005, 13 de 27 de enero de 2007 y 373 de 22 de abril de 2009; empero, se limitó a transcribir parcialmente los referidos precedentes, sin establecer en términos precisos la supuesta contradicción entre el motivo traído en casación y los precedentes que invocó; sin embargo, el recurrente vinculó la denuncia a la existencia del defecto previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP, señalando que el mismo surge por vulneración de su derecho a la defensa y proveyó los antecedentes generadores del supuesto defecto; deviniendo vía excepcional, en admisible el motivo de casación, por cumplimiento de los requisitos de flexibilización