El recurrente, haciendo remembranza del motivo de apelación restringida interpuesta por la parte acusadora, e
c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 01 de agosto de 2011 (fs. 355), interpuso recurso de casación el 5 del mismo mes y año, el cual es objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
El recurrente, haciendo remembranza del motivo de apelación restringida interpuesta por la parte acusadora, e invocando como precedentes los Autos Supremos 228 de 4 de julio de 2006, 52 de 17 de febrero de 2005, 13 de 27 de enero de 2007 y 373 de 22 de abril de 2009, alega que el Tribunal de alzada incurrió en el defecto previsto por el art. 169 inc. 3) con relación a los arts. 5, 12, 209 y 210 del Código Procesal Penal (CPP) y art. 119 de la Constitución Política del Estado (CPE), por hacer una errónea interpretación del art. 163 inc. 4) con relación al art. 166 inc. 1) de la norma adjetiva penal, al concluir que la exclusión de las pruebas MPL-161, 162, 163, 169 Y 170, fue errónea, porque el art. 163 del CPP, no establecería que la notificación con la designación de perito, deba ser personal; sin embargo, a decir del hoy recurrente dicha falta de notificación personal le había causado indefensión, al no tener oportunidad de recusar al perito o participar del examen pericial o proponer otro perito conforme lo previsto por el art. 209, 210 y 329 del CPP; sumado a ello que el Tribunal de alzada había calificado la falta de notificación personal como un pequeño defecto formal; empero, anuló la Sentencia en base a ese pequeño defecto formal, y por otro lado validó la prueba pericial cuestionada, impidiéndole que en juicio pueda plantear nuevamente exclusión probatoria
- Por memorial presentado el 5 de agosto de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- El recurrente, haciendo remembranza del motivo de apelación restringida interpuesta por la parte acusadora, e
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes se concluye que el imputado, quien fue notificado con el
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente a tiempo de denunciar que
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
