ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 807/2015 – L
Sucre: 16 de Septiembre 2015
Expediente: SC – 16 – 11 – S
Partes: José Masanes Solé c/ Patricia Lazcano de Beck
Proceso: Resolución de contrato
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 160 a 162 y vta., interpuesto por Patricia Lazcano de Beck representada por Paul Alexander Beck Lazcano contra del Auto de Vista Nº 282, de 06 de diciembre de 2010 que cursa de fs. 154 a 155, emitido por la Sala Civil Segunda de la ex Corte Superior de Justicia (hoy Tribunal Departamental de Justicia) de Santa Cruz, en el proceso de resolución de contrato seguido por José Masanes Solé en contra de la recurrente, la concesión de fs. 172, los antecedentes del proceso, y;
C0NSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Doceavo en lo Civil Comercial, pronunció la Sentencia de Nº 117, de 10 de agosto de 2009 que cursa de fs. 66 a 67 y vta., que declara probada la demanda de fs. 7 a 11, formulada por José Masanes Solé, resolviendo el contrato de 24 de mayo de 2005 que el actor hubiera suscrito con Patricia Lazcano de Beck, disponiendo que la demandada entregue el inmueble objeto de litis a su propietario en el plazo de 20 días a partir de la ejecutoría de la Sentencia y que la suma entregada de $us.15.000.- queda consolidada en favor del demandante en calidad de daños y perjuicios
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 807/2015 – L
Sucre: 16 de Septiembre 2015
Expediente: SC – 16 – 11 – S
Partes: José Masanes Solé c/ Patricia Lazcano de Beck
Proceso: Resolución de contrato
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 160 a 162 y vta., interpuesto por Patricia Lazcano de Beck representada por Paul Alexander Beck Lazcano contra del Auto de Vista Nº 282, de 06 de diciembre de 2010 que cursa de fs. 154 a 155, emitido por la Sala Civil Segunda de la ex Corte Superior de Justicia (hoy Tribunal Departamental de Justicia) de Santa Cruz, en el proceso de resolución de contrato seguido por José Masanes Solé en contra de la recurrente, la concesión de fs. 172, los antecedentes del proceso, y;
C0NSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Doceavo en lo Civil Comercial, pronunció la Sentencia de Nº 117, de 10 de agosto de 2009 que cursa de fs. 66 a 67 y vta., que declara probada la demanda de fs. 7 a 11, formulada por José Masanes Solé, resolviendo el contrato de 24 de mayo de 2005 que el actor hubiera suscrito con Patricia Lazcano de Beck, disponiendo que la demandada entregue el inmueble objeto de litis a su propietario en el plazo de 20 días a partir de la ejecutoría de la Sentencia y que la suma entregada de $us.15.000.- queda consolidada en favor del demandante en calidad de daños y perjuicios
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por la demandada y resuelta mediante
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Refiere haber realizado pagos por varios años en favor del actor, siendo falso el argumento
- Manifiesta que la Sentencia en su parte considerativa se basa en una supuesta citación que
- La Sentencia fue dictada con vicios de procedimiento, ya que el Juez efectúa inspección judicial
- Manifiesta que de conformidad al art
- Por lo que solicita se case el Auto de Vista
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error en que han incurrido los Vocales de la Sala Civil Segunda
- En virtud a lo previsto por el artículo 17
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
