Finalmente, de la forma en como se ha planteado en casación estos supuestos agravios, lo
En ese entendido, concluiremos indicando que el Juez A quo y el Tribunal de alzada, no han incurrido en mala valoración de la prueba testifical y documental presentada en la litis conforme lo determinan los arts. 1286 del Código Civil y 397 de su Procedimiento, valoraron las mismas conforme a las reglas de la sana crítica y prudente arbitrio.
Finalmente, de la forma en como se ha planteado en casación estos supuestos agravios, lo que el recurrente trata es de inducir a una nueva valoración de la prueba que fue realizada en la instancia correspondiente, la cual es incensurable en casación, salvo que se demuestre el error de hecho o de derecho que hubiesen cometido los de instancia, aspecto que como se dijo supra, no fue parte del recurso de casación en el fondo
Finalmente, de la forma en como se ha planteado en casación estos supuestos agravios, lo que el recurrente trata es de inducir a una nueva valoración de la prueba que fue realizada en la instancia correspondiente, la cual es incensurable en casación, salvo que se demuestre el error de hecho o de derecho que hubiesen cometido los de instancia, aspecto que como se dijo supra, no fue parte del recurso de casación en el fondo
- Partes: Carlos Nina Sacari c/ Rocht Guerrero Muñoz y Olga Céspedes Paredes
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra dicha Resolución, la parte demandante, presentó recurso de apelación, motivo por el cual la
- En la forma
- En el fondo
- Por otro lado sobre la confesión judicial del demandado indica que se demuestra que nunca
- Por dichos argumentos en atención de lo descrito por los arts
- Todas estas pruebas demuestran la posesión del demandado del inmueble objeto de usucapión, y el
- Finalmente, de la forma en como se ha planteado en casación estos supuestos agravios, lo
- Por lo expuesto, este Tribunal de Casación, emite Resolución determinada por los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula el honorario del profesional en la suma de Bs.1.000 (Un Mil Bolivianos 00/100)
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
