Auto Supremo AS/0002/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0002/2016-RA

Fecha: 18-Ene-2016

Con relación a los demás requisitos, se establece que el recurrente destaca que ante la


Con relación a los demás requisitos, se establece que el recurrente destaca que ante la denuncia sobre la comisión de los delitos incursos en los arts. 252 con relación al 8, 270, 271, 358 inc. 2), 132, 223 y 130 del CP, se dictó Sentencia absolutoria, que apelada fue confirmada por el Tribunal de Alzada, que en el planteamiento del recurso, no realizó la valoración integral y objetiva de las pruebas de cargo, menos aplicó las reglas de la sana critica; sin embargo, incurre en varias falencias recursivas, pues omite invocar algún precedente contradictorio y establecer con precisión conforme la exigencia prevista por el art. 417 del CPP, cuál la contradicción existente con el Auto de Vista impugnado. Además, en la estructura del memorial mantiene la empleada en la formulación del recursos de apelación sin considerar que este medio de impugnación en su naturaleza y finalidad, difiere al recurso de casación en el sistema recursivo vigente en materia penal, quedando evidenciada esta falencia que de ningún modo puede ser suplida por este Tribunal, cuando el recurrente deja constancia de que recurre de “la Sentencia No. 28/2013 de fecha 31 de octubre de 2013 y la Resolución de fecha 16 de marzo del 2015” (sic), con el fundamento genérico de la inobservancia de los art. 124, 171, 173, 167 y 169 inc. 3) el CPP