Auto Supremo AS/0019/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0019/2016-RA

Fecha: 19-Ene-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Primero de Sentencia de Pando, por Sentencia 7/2015 de 5 de febrero (fs. 17 a 21), declaró a Edgar Manu Queteguari, autor de la comisión de los delitos de Peculado e Incumplimiento de Deberes, previstos y sancionados por los arts. 142 y 154 del CP, imponiéndole la pena de 4 años de reclusión, con costas y 100 días multa.

b) Contra la mencionada Sentencia, la Defensora de Oficio Nazira Isabel Flores Choque en representación del acusado interpuso recurso de apelación restringida (fs. 61 a 63), resuelto por el Auto de Vista de 9 de noviembre de 2015 (fs. 85 a 86 vta.), que declaró admisible y procedente la apelación restringida confirmando parcialmente la Sentencia, respecto a la condena por el delito de Incumplimiento de Deberes y absolviendo al acusado por el delito de Peculado