Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 019/2016-RA
Sucre, 19 de enero de 2016
Expediente: Pando 23/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Edgar Manu Queteguari
Delitos : Peculado y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2015, cursante de fs. 92 a 96, el Gobierno Autónomo Departamental de Pando, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 9 de noviembre de 2015, de fs. 85 a 86 vta., pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la parte recurrente contra Edgar Manu Queteguari, por la presunta comisión de los delitos de Peculado e Incumplimiento de Deberes, previstos y sancionados por los arts. 142 y 154 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 019/2016-RA
Sucre, 19 de enero de 2016
Expediente: Pando 23/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Edgar Manu Queteguari
Delitos : Peculado y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2015, cursante de fs. 92 a 96, el Gobierno Autónomo Departamental de Pando, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 9 de noviembre de 2015, de fs. 85 a 86 vta., pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la parte recurrente contra Edgar Manu Queteguari, por la presunta comisión de los delitos de Peculado e Incumplimiento de Deberes, previstos y sancionados por los arts. 142 y 154 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- La parte recurrente acusa que el Auto de Vista recurrido, habría vulnerado los arts
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Respecto a los demás requisitos, se tiene que la recurrente denuncia, falta de fundamentación del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
