Auto Supremo AS/0032/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0032/2016-RA

Fecha: 19-Ene-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 032/2016-RA
Sucre, 19 de enero de 2016

Expediente: Tarija 65/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Elvira Figueroa Cazón
Delito: Falsedad Material y otros

RESULTANDO

Por memorial presentado el 1 de octubre de 2015, cursante de fs. 363 a 369, María del Carmen Fernández Artunduaga, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 13/2015 de 9 de septiembre, de fs. 326 a 329 vta. y su Auto Complementario de fs. 332, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente contra Elvira Figueroa Cazón, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente.

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 38/2012 de 16 de octubre (fs. 256 a 259 vta.), el Tribunal de Sentencia de Tarija, declaró a Elvira Figueroa Cazón, absuelta de pena y culpa de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del CP