VISTOS: El recurso de compulsa de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 351-1
Sucre, 24 de octubre de 2016
Expediente : 407/2016
Demandante : Jaime Augusto Rivera.
Demandado : Vocales de la Sala Contenciosa y Contenciosa
Administrativa, Social y Administrativa Tercera
del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
Distrito : La Paz
VISTOS: El recurso de compulsa de fs. 21 a 22 del testimonio, interpuesto por Jaime Augusto Rivera Ramírez contra los Vocales de la Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, la Ley del Órgano Judicial, el Código Procesal del Trabajo, la Constitución Política del Estado, demás antecedentes y:
CONSIDERANDO I:
Revisado minuciosamente el testimonio remitido a este Tribunal, se acreditan los siguientes antecedentes procesales: a) dentro el proceso Coactivo Social seguido por la Caja de Salud de Caminos y Ramas Anexas contra Jaime Augusto Rivera Ramírez se ha emitido el Auto de Vista Nº 76/15 de 26 de junio de 2015, b)
el referido fallo, fue notificado el día diez de mayo de 2016 al demandado en su domicilio procesal señalado, C) contra el referido fallo el coactivado Jaime Augusto Rivera interpone recurso de casación el 13 de junio de 201, fs. 5 a 7 del testimonio, recurso que corrido en traslado por decreto de 14 de junio de 2016, fue respondido por la parte demandante a fs. 10 del testimonio, d) la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz emite el Auto Nº 343/2016 de 14 de septiembre de 2016 por el cual rechaza el recurso de casación interpuesto por Jaime Augusto Rivera contra el Auto de Vista Nº 76/15 de 26 de junio de 2015 por extemporáneo, declarando ejecutoriado el referido fallo, e) el demandado por memorial de fs. 21-23 del testimonio interpone recurso de compulsa que fuera remitido a este tribunal que pasa a conocer
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 351-1
Sucre, 24 de octubre de 2016
Expediente : 407/2016
Demandante : Jaime Augusto Rivera.
Demandado : Vocales de la Sala Contenciosa y Contenciosa
Administrativa, Social y Administrativa Tercera
del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
Distrito : La Paz
VISTOS: El recurso de compulsa de fs. 21 a 22 del testimonio, interpuesto por Jaime Augusto Rivera Ramírez contra los Vocales de la Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, la Ley del Órgano Judicial, el Código Procesal del Trabajo, la Constitución Política del Estado, demás antecedentes y:
CONSIDERANDO I:
Revisado minuciosamente el testimonio remitido a este Tribunal, se acreditan los siguientes antecedentes procesales: a) dentro el proceso Coactivo Social seguido por la Caja de Salud de Caminos y Ramas Anexas contra Jaime Augusto Rivera Ramírez se ha emitido el Auto de Vista Nº 76/15 de 26 de junio de 2015, b)
el referido fallo, fue notificado el día diez de mayo de 2016 al demandado en su domicilio procesal señalado, C) contra el referido fallo el coactivado Jaime Augusto Rivera interpone recurso de casación el 13 de junio de 201, fs. 5 a 7 del testimonio, recurso que corrido en traslado por decreto de 14 de junio de 2016, fue respondido por la parte demandante a fs. 10 del testimonio, d) la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz emite el Auto Nº 343/2016 de 14 de septiembre de 2016 por el cual rechaza el recurso de casación interpuesto por Jaime Augusto Rivera contra el Auto de Vista Nº 76/15 de 26 de junio de 2015 por extemporáneo, declarando ejecutoriado el referido fallo, e) el demandado por memorial de fs. 21-23 del testimonio interpone recurso de compulsa que fuera remitido a este tribunal que pasa a conocer
- VISTOS: El recurso de compulsa de fs
- Que, previamente a las consideraciones de fondo, se considera pertinente precisar el alcance de la
- En ese entendido, refiriéndonos al caso de autos, el art
- Con ese antecedente, la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de
- Por lo que, conforme a los fundamentos y normativa expuestos, corresponde dar aplicación al art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.-
