POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.I del Código Procesal Civil, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, representada legalmente por Luis Gatty Ribeiro Roca, José Romero Saavedra y Marcelo Farid Montero Vaca, cursante a fs. 44 de obrados
- Que, mediante la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, se modificó la
- Que, en la materia se tiene como norma específica al Código Procesal del Trabajo,
- CONSIDERANDO II
- Siendo así, el recurso de casación en análisis, cursante a fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.-
