Contra el referido auto de vista, Rene Bilbao Barriga, interpuso recurso de nulidad o casación,
Notificado con la Sentencia Nº 132, el demandado Rene Bilbao Barriga, planteó recurso de apelación, mediante memorial de fs. 49 a 50 vta., recurso que fue resuelto por Auto de Vista Nº 323, de 28 de abril de 2015 de fs. 64 a 65 vta, confirmando la sentencia apelada, y conminando al Juez a quo, que complemente la sentencia recurrida, con el pago de las actualizaciones y reajustes que dispone el art. 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, en cumplimiento del art. 48 de la Constitución Política del Estado.
Contra el referido auto de vista, Rene Bilbao Barriga, interpuso recurso de nulidad o casación, de fs. 68 a 69 vta., manifestando en síntesis los siguientes argumentos:
I.3 Motivos de recurso de nulidad o casación.-
Que, la apelación cursante de fs. 49 a 51 pone en evidencia que el proceso de autos se encuentra viciado de nulidad, puesto que el recurrente nunca fue demandado, sino Alberto Bilbao Jaldin, quien no fue nunca representante de la Clínica Bilbao
Contra el referido auto de vista, Rene Bilbao Barriga, interpuso recurso de nulidad o casación, de fs. 68 a 69 vta., manifestando en síntesis los siguientes argumentos:
I.3 Motivos de recurso de nulidad o casación.-
Que, la apelación cursante de fs. 49 a 51 pone en evidencia que el proceso de autos se encuentra viciado de nulidad, puesto que el recurrente nunca fue demandado, sino Alberto Bilbao Jaldin, quien no fue nunca representante de la Clínica Bilbao
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.413/2016
- Distrito: Santa Cruz de la Sierra
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTECEDENTES DEL CASO
- I.1 Sentencia
- Que, Roxmeri Aquino Mamani, interpuso demanda por pago de beneficios sociales, de fs
- I.2 Auto de Vista
- Contra el referido auto de vista, Rene Bilbao Barriga, interpuso recurso de nulidad o casación,
- Por otra parte el recurrente hace un extenso relato de los antecedentes y actuados que
- Petitorio: Concluyendo solicitando que la “CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (…) aplicando el principio de la
- Del análisis del recurso de nulidad o casación cursante de fs
- En ese sentido se debe señalar que, además en el caso de autos la pretensión
- Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos precedentemente se concluye, que el recurso
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
