Pronunciado en Sucre el veintisiete de octubre de dos mil dieciséis años dentro del Incidente
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 370
Sucre, 28 de octubre de 2016
Expediente: 264/2015-CA
Demandante: Empresa Metalúrgica Vinto
Demandado: Autoridad General de impugnación Tributaria
Resolución Impugnada: RJ-AGIT-RJ 1153/2015
Magistrado Tramitador: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
Pronunciado en Sucre el veintisiete de octubre de dos mil dieciséis años dentro del Incidente de Nulidad de Notificación interpuesto por Daney David Valdivia Coria en representación de la Autoridad General de Impugnación Tributaria
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 370
Sucre, 28 de octubre de 2016
Expediente: 264/2015-CA
Demandante: Empresa Metalúrgica Vinto
Demandado: Autoridad General de impugnación Tributaria
Resolución Impugnada: RJ-AGIT-RJ 1153/2015
Magistrado Tramitador: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
Pronunciado en Sucre el veintisiete de octubre de dos mil dieciséis años dentro del Incidente de Nulidad de Notificación interpuesto por Daney David Valdivia Coria en representación de la Autoridad General de Impugnación Tributaria
- Pronunciado en Sucre el veintisiete de octubre de dos mil dieciséis años dentro del Incidente
- V I S T O S: El memorial de incidente de notificación
- Por su parte, la entidad demandante por memorial de fs
- Que analizados los argumentos de ambas partes, y los actuados que cursan en el expediente,
- Por otro lado, resulta contradictoria la afirmación de la entidad incidentista sobre vulneración al
- Finalmente, corresponde establecer que será esta Sala Especializada que en su oportunidad determinara si corresponde
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
