b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Leandro Gonzáles Condori (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Leandro Gonzáles Condori (fs. 73 a 74), interpuso recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 20/2016 de 22 de febrero, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que resolvió declarar con lugar al recurso planteado; en consecuencia, deja sin efecto la Sentencia y dicta una nueva en base a los fundamentos expuestos y en aplicación del art. 363 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP) y absuelve a Leandro Gonzales Condori de la comisión del delito de Violencia Familiar o Doméstica
- Por memorial presentado el 28 de junio de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Leandro Gonzáles Condori (fs
- II. DE LOS MOTIVSO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la revisión del recurso de casación, se extraen el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Con relación al único motivo, en el que se establece que a) El Auto de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
