Por memorial presentado el 25 de agosto de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 821/2016-RA
Sucre, 21 de octubre de 2016
Expediente: Cochabamba 61/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Luis Fernando Choque Duran
Delito: Lesiones Graves y leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 25 de agosto de 2016, cursante de fs. 225 a 229 vta., Luis Fernando Choque Duran, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 8 del 27 de julio de 2016, de fs. 202 a 207, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Armando Caviades Medina contra la parte recurrente, por la presunta comisión del delito Lesiones Graves y leves, previsto y sancionado por el art. 271 segundo párrafo del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 821/2016-RA
Sucre, 21 de octubre de 2016
Expediente: Cochabamba 61/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Luis Fernando Choque Duran
Delito: Lesiones Graves y leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 25 de agosto de 2016, cursante de fs. 225 a 229 vta., Luis Fernando Choque Duran, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 8 del 27 de julio de 2016, de fs. 202 a 207, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Armando Caviades Medina contra la parte recurrente, por la presunta comisión del delito Lesiones Graves y leves, previsto y sancionado por el art. 271 segundo párrafo del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 25 de agosto de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 2 de septiembre de 2016 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 2 de septiembre de 2016, fue
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
